Los Colorantes Artificiales y los Procesos Alérgicos.

La Tecnología incorporada a la industria de los alimentos, principalmente en países desarrollados, ha “arrastrado” a los países siempre “en vías de desarrollo” hacia situaciones impredecibles, nuevas y, sobre todo de impacto negativo. Desde hace varios años, nos hemos encontrado en diversos sitios de distribución de alimentos (supermercados, tiendas de autoservicio, misceláneas, etc) existen un gran número de sustancias, hasta hace tiempo desconocidas, que son habituales componentes de muchos productos consumidos por grandes núcleos de población; tenemos los ejemplos de la Tartrazina ( Amarillo 5), Amarillo 6, Rojo 40, Rojo 50, Azul Brillante, Verde S, Rojo Cochinilla A, Rojo Allura AC, Carminosina y demás sustancias de dudosa calidad. Dichos colorantes son compañeros más que habituales de productos tales como botanas diversas, chocolates, dulces, bebidas gaseosas, bebidas energizantes, galletas, gelatinas, supuestos jugos “naturales”, etc, etc.

Durante la práctica clínica institucional y privada, nos encontramos continuamente con cuadros clínicos compatibles con Urticarias Cónicas y Agudas, Dermatitis Atópicas, Hiperreactividades Bronquiales, cuadros francos de Asma, Gastroenterítis por Transgresión Dietética (GTD), Síndrome de Hiperactividad con Déficit de Atención (SHDA) y otros padecimientos secundarios, en muchos casos, a la ingestión de estas sustancias principalmente por niños y jóvenes. Es un hecho que toda ingesta de un material extraño a nuestro organismo, pone en alerta a las células de defensa por lo que tanto Macrófagos, Linfocitos, Basófilos etc, etc, despliegan todo su potencial inmunobiológico para hacerle frente a toda esta inmundicia que se ingiere. Si el paciente tiene alteración en cierto tipo de genes, esto se hace más palpable, sin embargo aún en aquellas personas que no presentan modificación genética alguna, se puede manifestar la sintomatología correspondiente.

El día 7 de julio del 2009, La Secretaría de Salud emitió un Comunicado Oficial con folio 216/09 en el que se hace referencia al peligro que constituyen estas sustancias para la salud de los susceptibles y los no susceptibles, cabe señalar, en otro rubro, que en países principalmente de la Comunidad Europea se han suspendido debido a su efecto cancerígeno en animales de laboratorio, sin embargo ¿se ha efectuado alguna legislación REAL, CONCISA, al respecto en nuestro país?, ¿los funcionarios correspondientes han tomado cartas en el asunto?,¿porqué se siguen elaborando y consumiendo estos productos si poseen propiedades nocivas para la Salud?, ¿porqué en otros países se ha suspendido su producción debido a los por demás serios problemas que ocasionan?. ¿Alguien tiene alguna respuesta?.

Acerca R.A.L.P.

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